Tiene por objetivo dirigir las actividades de la Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo, y desempeñarse como Ministro de Fe en todas las actuaciones municipales.
A la Secretaría Municipal le corresponden las siguientes funciones específicas: a)Servir de Secretaría Administrativa del Alcalde y del Concejo Municipal. b)Confeccionar los decretos y resoluciones para ser suscritos por el Alcalde, salvo aquellos que por versar sobre materias técnicas específicas, su confección está radicada en la unidad de origen. c)Certificar que las copias son fieles a los originales de los decretos, reglamentos, ordenanzas y resoluciones municipales. d)Cumplir las funciones que le asigna la Ley Nº 19.418, sobre Juntas de Vecinos y demás organizaciones comunitarias. e)Tener a su cargo el trámite de ingresos, clasificación y distribución de la correspondencia oficial y mantener archivos actualizados de la documentación recibida y despachada por la Municipalidad. f)Actuar como Ministro de Fe en todas las actuaciones Municipales. g)Desarrollar las actividades específicas que le asigna la Ley Orgánica Constitucional de Municipalidades, en relación a la constitución y funcionamiento del Concejo Municipal. h)Recibir, mantener y tramitar cuando corresponda, la declaración de intereses establecidos por la ley Nº 18.575. La unidad dependientes de la Secretaría Municipal es : -Oficina de Partes |